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El Perú creció 9% en primer trimestre del año. Estima... [caption id="attachment_83" align="alignleft" width="300" caption="La Economía Peruana creció 10,02% en enero pasado, superando las expectativas del mercado."][/caption] El banco de inversión Credit Suisse estimó este jueves que, según datos preliminares, el crecimiento económico de Perú durante...

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Posted on : 20-03-2009 | By : Exportando Perú | In : Sin categoría
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Presidente García anuncia medidas a favor de pymes y empresas exportadoras

Medidas fundamentales para favorecer a las compañías exportadoras, con la devolución de impuestos, y a la pequeña y microempresa de todo el país, con más recursos para las compras estatales, anunció hoy el presidente Alan García Pérez. Indicó que estas medidas son adicionales a los más del 10 millones aprobados para el Plan Anticrisis, y a la nueva rebaja del precio de los combustibles anunciada esta mañana. (Agencia Andina/Web Diario La República/RPP Radio)

http://www.andina.com.pe/Espanol/Noticia.aspx?id=wnQQyEFYQPc=

http://www.larepublica.pe/node/171028

http://www.rpp.com.pe/2009-01-29-presidente-garcia-anuncia-medidas-a-favor-de-pymes-y-empresas-exportadoras-noticia_160777.html

Oferta de Prendas de Dama y Caballero

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Posted on : 18-03-2009 | By : Exportando Perú | In : Sin categoría
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La Crisis ..¡¡¡¡

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Posted on : 11-03-2009 | By : Exportando Perú | In : Sin categoría
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Gracias.

Sector Textil ( TPC con EEUU )

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Posted on : 10-03-2009 | By : Exportando Perú | In : Sin categoría
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Convenio de Promoción Comercial EEUU – Perú.

En diciembre del 2005, los Estados Unidos y Perú concluyeron sus negociaciones para suscribir el Tratado de Promoción del Comercio (TPC), conocido como TPA por sus siglas en inglés. El gobierno de Perú aprobó el TPC en junio del 2006, y los Estados Unidos concluyeron su aprobación legislativa del convenio en diciembre del 2007. En junio del 2007, Perú y los Estados Unidosconcluyeron un acuerdo ulterior que modificó el tratamiento de asuntos en el TPC tales como normas laborales, la inversión, la protección del ambiente y los derechos de la propiedad intelectual.Sin embargo, el TPC está vigente y en ejecución desde el 1 de enero del 2009.

A diferencia del Tratado EEUU-República Dominicana-América Central (CAFTA por sus siglas en inglés), las disposiciones de textiles y prendas de vestir del TPC no son retroactivas; únicamente adquieren fuerza y vigor a partir de la fecha de entrada en vigencia del TPC. Entretanto, el Congreso de los EEUU pasó y el Presidente rubricó legislación en febrero del 2008 extendiendo los beneficios que otorga la Ley Andina de Asociación Comercial y Erradicación de las Drogas (ATPDEA por sus siglas en inglés) hasta el 31 de diciembre del 2008.

Una vez en vigencia, el TPC otorgará tratamiento libre de derechos a todos los bienes originarios, incluso textiles y ropa hecha. La ATPDEA ha dado entrada libre de gravámenes hacia los Estados Unidos para muchos artículos textiles y de ropa hecha provenientes de Perú, pero el TPC abarca una gama más amplia de productos y dispone la importación libre de derechos a Perú para bienes estadounidenses incluso hilos y géneros. Es más, el TPC permanecerá vigente indefinidamente salvo que una de las partes se retire.La ATPDEA vencerá el 31 de diciembre del 2008, salvo que se le prorrogue.

Reglas de Origen.

Mientras que la ATPDEA ofrece tratamiento libre de derechos en los Estados Unidos únicamente para prendas de vestir y equipaje hechos con hilo y tela estadounidenses, o con hilo y tela regional hasta ciertos topes, el TPC cubre todos los artículos y permite el uso irrestricto de insumos estadounidenses o peruanos. Así como la mayoría de los demás tratados de libre comercio de los EEUU, el TPC trata como artículos originarios los que se obtienen totalmente o producen enteramente en los Estados Unidos o Perú, al igual que artículos para los cuales sus insumos no originarios satisfacen determinadas reglas de cambio de arancel.

Sujeto a reglas adicionales aplicables a ciertos componentes que se examinarán más adelante, las reglas de cambio de arancel para la mayoría de las prendas de vestir son “yarn forward”, es decir,que únicamente la fibra bruta denominada “staple fibre” puede ser no-originaria. Así, la tela debe ser construida en tejido plano o de punto a su forma en Perú o los Estados Unidos con hilo hilado o extruido en Perú o los Estados Unidos y la prenda debe ser cortada y cosida, o armada, en Perú o los Estados Unidos. A diferencia de la ATPDEA, cual aplica reglas de origen a todos los componentes de una prenda salvo los “avíos y adornos”, las reglas de cambio de arancel bajo el TPC se aplican únicamente al componente de la prenda que determina su clasificación. Además, mientras la ATPDEA exige que el teñido, estampado y acabado se hagan en los Estados Unidos, el TPC permite que estas operaciones se hagan en los Estados Unidos o en Perú.